La revocación de los actos administrativos en el derecho chileno

Autores/as

  • Eduardo Soto Kloss Pontificia Universidad Católica de Chile

Palabras clave:

Revocación, Actos administrativos, Invalidez, Jurisprudencia, Constitución

Resumen

Este texto examina la revocación de actos administrativos en Chile. En primer lugar, se presenta la terminología tripartita referente a invalidación, revocación y caducidad, la cual fue acordada en las Jornadas Chileno-Uruguayas de Derecho Público en la década de 1950 y adoptada por la Contraloría General de la República (CGR). La CGR define la revocación como la extinción de un acto administrativo válido por ser contrario al interés público. Esta definición se matiza posteriormente al considerar razones de "mérito" (conveniencia u oportunidad), aplicándose con efectos futuros (ex nunc). Sin embargo, la ley 19.880 limita la revocación, estableciendo que no procede para actos que crean derechos adquiridos legítimamente. La jurisprudencia judicial muestra escasos casos y cierta confusión respecto a la revocación, que a menudo se confunde con la invalidación. El texto concluye que la revocación por razones de "inconveniencia" u "oportunidad" ha desaparecido en el derecho chileno.

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Publicado

2026-05-19

Cómo citar

Soto Kloss, E. (2026). La revocación de los actos administrativos en el derecho chileno. IUS PUBLICUM, (46), 85–113. Recuperado a partir de https://iuspublicum.cl/index.php/iuspublicum/article/view/118

Número

Sección

ESTUDIOS